El trabajo por cuenta propia en España está regulado de forma estricta. Cualquier actividad económica que genere ingresos debe estar declarada tanto en la Agencia Tributaria como en la Seguridad Social. En 2025, la normativa española mantiene la obligación de realizar el alta en ambos organismos, incluso en casos de ingresos bajos o esporádicos. Sin embargo, persisten dudas frecuentes: ¿qué ocurre si facturo poco?, ¿puedo darme de alta solo en Hacienda?, ¿hay sanciones si trabajo sin estar registrado? En este artículo resolvemos estas cuestiones.

Alta en Hacienda: requisito para declarar impuestos
El alta en Hacienda se realiza mediante el Modelo 036 o 037, inscribiéndose en el Censo de Empresarios.
¿Por qué es obligatorio?
- Permite a la Agencia Tributaria controlar el inicio de tu actividad económica.
- Define tus obligaciones fiscales: IVA, IRPF y retenciones.
- Sin este trámite no puedes emitir facturas legales ni aplicar deducciones fiscales.
Casos prácticos
- Autónomos con ingresos bajos: Aunque factures 200 € al mes, debes darte de alta.
- Trabajos puntuales: También es obligatorio, salvo que se trate de actividades esporádicas y no profesionales (algo muy limitado).
Alta en la Seguridad Social: cotización obligatoria al RETA
El alta en la Seguridad Social se efectúa en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Motivos de obligatoriedad
- El alta asegura tu cotización para jubilación, incapacidad temporal, maternidad/paternidad y cese de actividad.
- Desde 2023, las cuotas se calculan en función de los ingresos reales, con tramos ajustados anualmente.
- La legislación no contempla excepciones para quienes ingresen poco, salvo casos de pluriactividad o bonificaciones.
Ejemplo práctico en 2025
Un profesional que empieza con ingresos reducidos puede acogerse a la tarifa plana de 80 €/mes, evitando así una cuota elevada en los primeros meses.
¿Qué pasa si me doy de alta solo en Hacienda y no en la Seguridad Social?
Algunas personas creen que basta con registrarse en Hacienda para emitir facturas. Sin embargo, esto es incorrecto.
- Si emites facturas sin estar en el RETA, estás incumpliendo la normativa laboral.
- La Inspección de Trabajo puede sancionarte con multas superiores a 3.000 €.
- Además, la Seguridad Social te reclamará las cuotas no pagadas desde el inicio de tu actividad, con recargos e intereses.
¿Y si me doy de alta solo en la Seguridad Social?
El caso inverso también es irregular.
- Si no te das de alta en Hacienda, no tendrás obligación formal de presentar declaraciones, pero estarás facturando en “B”.
- En una inspección, la Agencia Tributaria puede imponer sanciones por fraude fiscal y exigir el pago del IVA e IRPF omitidos.
Excepciones y situaciones especiales
Pluriactividad
Si trabajas por cuenta ajena y además como autónomo, seguirás obligado a darte de alta en Hacienda y en el RETA. Eso sí, podrás beneficiarte de reducciones en la cuota de autónomos durante los primeros años.
Ingresos esporádicos y no profesionales
La jurisprudencia admite que actividades muy puntuales, de carácter no habitual y sin organización de medios, no obligan a darse de alta. Sin embargo, es un terreno legal incierto y no recomendable como estrategia para evitar el alta.
Sanciones por no darse de alta correctamente
- Multas de la Agencia Tributaria: de 300 € a 3.000 € por facturar sin estar registrado.
- Recargos de la Seguridad Social: obligación de pagar las cuotas atrasadas más un recargo del 20%.
- Pérdida de derechos: no cotizar implica no tener derecho a paro de autónomos, baja médica ni jubilación futura.
Beneficios de estar correctamente dado de alta
- Seguridad jurídica frente a clientes y proveedores.
- Posibilidad de acceder a deducciones fiscales.
- Cotización para prestaciones sociales.
- Acceso a ayudas y subvenciones para autónomos en 2025.
Recursos oficiales
En España, es obligatorio darse de alta tanto en Hacienda como en la Seguridad Social para ejercer cualquier actividad económica de forma legal en 2025. No hacerlo supone arriesgarse a sanciones económicas importantes y a la pérdida de derechos sociales.
Aunque los ingresos sean bajos, los trámites están diseñados para adaptarse a distintas situaciones, incluyendo reducciones de cuota y bonificaciones. Cumplir con ambos registros es la única manera de trabajar con seguridad jurídica y aprovechar todas las prestaciones del sistema.